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A partir del 16 de febrero de 2017, USCIS comenzó a reexpedir notificaciones de recibo (Formulario I-797) para las personas que solicitaron la renovación de su Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) entre el 21 de julio de 2016 y el 16 de enero de 2017, y aquellos cuyas solicitudes permanecen en trámite en alguna de las siguientes categorías:

·         (a)(3) Refugiado

·         (a)(5) Solicitante de Asilo

·         (a)(7) N-8 or N-9

·         (a)(8) Ciudadano de Micronesia, Islas Marshall o Palaos

·         (a)(10) Otorgación de Retención de Deportación o Remoción

·         (c)(8) Solicitud de Asilo en trámite

·         (c)(9) Ajuste de Estatus bajo sección 245 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad en trámite

·         (c)(10) Solicitantes de Suspensión de Deportación (presentada antes del 1 de abril de 1997), solicitantes de cancelación de remoción, y solicitantes de la regla especial para cancelación de remoción bajo NACARA

·         (c)(16) Creación de Registro (Ajuste basado en la residencia continua desde el 1 de enero de 1972)

·         (c)(20) Legalización bajo Sección 210 (Formulario I-700 en trámite) 

·         (c)(22) Legalización bajo Sección 245A(Formulario I-687 en trámite)

·         (c)(24) Legalización bajo LIFE

·         (c)(31) Autopeticionarios VAWA

El 17 de enero de 2017, USCIS comenzó a extender automáticamente por hasta un máximo de 180 días los EAD que iban a caducar de algunos solicitantes de renovación que están bajo estas categorías. Sin embargo, algunas de estas notificaciones de recibo que USCIS envió antes de esa fecha no contienen la categoría de elegibilidad del EAD del solicitante. Por tanto, las notificaciones que se han reexpedido ahora contienen:

·         La categoría de elegibilidad de EAD del solicitante;

·         La fecha de recibo, que es la fecha en que USCIS recibió la solicitud de renovación del EAD y que los empleadores deben utilizar para determinar si le aplica la extensión automática de EAD;

·         La fecha de notificación, que es la fecha en que USCIS volvió a expedir la notificación de recibo; y

·         Nueva información sobre la extensión de 180 días de los EAD.

Los solicitantes deben presentar a sus empleadores la notificación de recibo reexpedida junto con su EAD caducado  como documento de la Lista A del Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, para demostrar que están autorizados para trabajar.

Los solicitantes que tienen un EAD basado en el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) y presentaron sus solicitudes de renovación de EAD antes del 17 de enero de 2017, ya recibieron una extensión de 6 meses a través de la notificación del Registro Federal que extendió la designación de su país al TPS. Por tanto, estos solicitantes no recibirán una nueva notificación de recibo. Por favor, visite el Estatus de Protección Temporal para más información sobre las designaciones de TPS. Todos los solicitantes de renovación que presenten un Formulario I-765 en o después del 17 de enero de 2017, incluidas las solicitudes de renovación de TPS, recibirán notificaciones de recibo (Formulario I-797) que contienen información sobre la categoría de elegibilidad e información sobre la extensión de EAD de 180 días.


    

 Enlaces Minimize

http://www.usa.gov

 Florida Department of Children and Family

National Association For Bilingual Education

 


  

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